El atributo de la emisión, propio de la soberanía monetaria
de la Nación es exclusivo e indelegable del Banco de la República y se ha
materializado, con la autorización del Congreso, por medio de varios contratos.
FUNCIONES DEL CRÉDITOS DEL BANCO :
La Ley 31 de banca central prevé
condiciones precisas: prohíbe de manera categórica al Emisor otorgar créditos y
garantías a particulares o entidades privadas. Se exceptúan los créditos de
apoyo transitorio de liquidez a los establecimientos de crédito en cumplimiento
del papel de prestamista de última instancia. En cuanto al crédito del Banco de la
República al Gobierno, si bien el nuevo régimen no lo prohíbe, sí establece
condiciones muy rigurosas para su concesión. En efecto, se establece que este
tipo de crédito debe limitarse a casos de extrema necesidad, y se requiere la
aprobación unánime de todos los miembros de la Junta Directiva. No obstante, es
importante señalar que la Constitución dejó abierta la posibilidad de que el Banco
pueda continuar adquiriendo en el mercado secundario títulos de deuda emitidos
por el Gobierno. De esta forma no es el Banco el que financia directamente al
Gobierno, sino los particulares que han comprado estos títulos.
BANQUERO DE BANCO
BANQUERO DE BANCO
Como todo banco central, el Banco de la
República desempeña la función de banquero de bancos. De una parte, es
depositario de los dineros que le consignan en cumplimiento del requisito de
reserva bancaria que sirve para regular la capacidad de crédito del sistema
bancario. Esta reserva, mantenida con máximas condiciones de seguridad, sirve
de respaldo a la liquidez del sistema
ADMINISTRACIÓN DE LA RESERVA INTERNACIONALES
Al Banco de la
República le corresponde administrar las reservas internacionales del país
incluyendo el manejo, inversión, depósito de custodia y disposición de los
activos de reserva. La inversión ha de efectuarse principalmente con base en
criterios de seguridad y liquidez, a fin de facilitar los pagos del país en el
exterior. El Banco ante todo,
busca la seguridad y estabilidad en sus inversiones y procura que la reserva
tenga liquidez para asegurar oportunos pagos a otros países.
BANQUERO,AGENTE FISCAL FIDEICOMISARIO DEL GOBIERNO
El Banco de la República cumple con estas funciones al recibir en depósito fondos de la Nación y de las entidades públicas bajo las condiciones que establezca la Junta Directiva. Además, a solicitud del Gobierno puede actuar como agente fiscal en la contratación de créditos externos e internos y en operaciones que sean compatibles con las finalidades del Banco.
PROMOTORES DEL DESARROLLO CIENTÍFICO, CULTURAL Y SOCIAL
El nivel profesional y la estructura
operativa del Banco le han permitido apoyar simultáneamente el desarrollo científico,
cultural y social del país, a través de la creación de fundaciones destinadas a
seleccionar, estimular y financiar investigaciones en las áreas de las
ciencias, la tecnología, las humanidades, la antropología, la arqueología, la
educación y la salud. Además, ha participado en el rescate y preservación del
patrimonio cultural y en la creación de estímulos a su desarrollo mediante la
administración y creación de bibliotecas y museos especializados en todo el
país. El Museo del Oro y la Biblioteca Luis Ángel Arango, hacen parte del Banco
de la República y tienen amplio reconocimiento nacional e internacional por la
labor que desarrollan.
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